Pueden pertenecer a la Red de Universidades para el Bien Común tanto las universidades como centros adscritos a ellas o Facultades e instituciones universitarias que firmen el acuerdo de adhesión a la Red y se comprometan con ello a tratar de cumplir los objetivos que tiene la Red. También pueden pertenecer a la Red de Universidades para el Bien Común a título individual aquellas personas (pertenecientes a una Universidad, centro adscrito o institución universitaria) que firmen dicho acuerdo .

La condición de miembro de la Red de Universidades para el Bien Común se adquiere mediante la firma del acuerdo de pertenencia a la Red y requiere del visto bueno de todos los integrantes de la Red. Dicha condición de miembro se entiende indefinida y no supone obligación de ningún tipo, más allá de tratar, en la medida de las posibilidades de cada miembro, de cumplir los objetivos de la Red de Universidades para el Bien Común.

Para más información, remitir la adhesión, modificar o cancelar datos, dirigirse a:

redubiencomun@usal.es